jueves, diciembre 12, 2024

La modificación de las medidas paterno filiales, por Odesa Abogados

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En un proceso de divorcio, la modificación de las medidas paterno-filiales que se han acordado es una necesidad recurrente en las familias de la actualidad. Las causas más comunes de estas solicitudes suelen ser la situación económica, el cambio de domicilio por razones de trabajo o la modificación del estado civil.

Para que prevalezca la armonía entre los involucrados en los acuerdos y proteger los intereses superiores de los menores afectados, es importante legalizar cualquier cambio. A través de estos procedimientos debidamente asesorados, lo que se busca es adaptar las condiciones a la situación actual de los miembros de la familia. Una de las empresas más recomendadas para ello es Odesa Abogados

¿Cómo se modifican las medidas paterno-filiales?

Sara Batani Torralbo y Manuel García Orellana son dos abogados que ofrecen sus servicios en las provincias de Córdoba y Andalucía. Estos han ganado mucha experiencia en este tipo de procesos, especialmente en la modificación de condiciones en el régimen de la custodia, la pensión de alimentos o las visitas de los progenitores.

Los integrantes del bufete Odesa Abogados han entendido que la mejor forma de hacer las cosas es de manera amistosa. Sin embargo, cuando lamentablemente no se dan estas condiciones, la modificación de las medidas requerirá de la participación de un tribunal de familia. El objetivo de la instancia judicial será siempre respetar y asegurar el bienestar de los menores.

Para el adecuado tratamiento de los casos, la ley exige que la modificación debe llenar determinados extremos jurídicos para que tengan justificación. Una de ellas es que los cambios deben ser esenciales e importantes con respecto a las condiciones iniciales. Lo segundo es que deben ser permanentes porque la ley no admite cambios temporales.

Cambios amistosos o no amistosos

La ley reconoce dos opciones para llevar a cabo el procedimiento para la modificación de medias paterno-filiales: amistosa o no amistosa. La primera de ellas es la de mutuo acuerdo. Esta surge cuando los progenitores están de acuerdo en modificar total o parcialmente el conjunto de medidas acordadas tras la separación o el divorcio.

La segunda manera es por la vía de lo contencioso. Esta se da cuando uno de los excónyuges no están de acuerdo en cambiar las medidas acordadas en el inicio de la separación. También puede darse el caso de que se esté de acuerdo con los cambios, pero no con las condiciones que se quieren imponer.

En este caso, el proceso deberá transitar por varios pasos, empezando por la conciliación judicial. De no lograrse un acuerdo, se pasa a la ratificación de la demanda, la contestación u oposición a la demanda y la proposición de pruebas. A esto le sigue la realización de pruebas sobre las cuales el juez tomará una decisión.

En todos los casos, la mayor garantía de llevar estos procesos a buen término es contar con la asesoría legal experimentada, como la de Odesa Abogados.

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