viernes, diciembre 13, 2024

Legalcity explica los requisitos y diferentes instrucciones disponibles para adquirir el permiso de arraigo por formación

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El arraigo por formación es uno de los cambios que se implementó este mes de agosto con la modificación del Reglamento de Extranjería en España.

Su función principal es proporcionar oportunidades a los migrantes de incorporarse en un espacio laboral bajo una educación profesional. En este aspecto, Legalcity es un despacho de abogados referente especializado en Derecho de Extranjería y explica todo lo que hay que tener en cuenta para solicitar este tipo de arraigo.

Todo sobre el arraigo por formación

Con base en la recuperación económica, la Comisión Europea reconoció la importancia de los ciudadanos migrantes en el impacto positivo en las economías interdependientes. Por esta razón, el Real Decreto 629/2022 estableció la nueva figura del arraigo por formación que determina una autorización de residencia por 12 meses. A este pueden aspirar las personas migrantes que tienen dos años en España y buscan una formación profesional para incorporarse en un espacio de trabajo.

Además de proporcionar un ágil proceso de inclusión laboral, ayuda a solventar situaciones irregulares de quienes no han logrado su status legal en el país. El desarrollo de la enseñanza es la base para conseguir la aprobación, es por ello que los individuos que opten por este, deben realizar un curso de aprendizaje de manera obligatoria. Entre los cuales se puede ejecutar una formación reglada para el empleo, las promovidas por los Servicios Públicos de Empleo y en universidades. También, obtener un certificado de profesionalidad, así como algún curso que potencia la actualización de las habilidades en el campo de desempeño. Es importante entender que la matriculación debe durar mínimo tres meses y ser acreditada desde la notificación ante el ente correspondiente, ya que esto garantiza la obtención adecuada de los conocimientos.

¿Qué requisitos hay para solicitarlo?

Con relación a los requisitos, el solicitante debe acreditar su permanencia continua en el país por un plazo mínimo de dos años; mediante un documento de la sanidad pública o un certificado de empadronamiento. También, se debe comprometer a ejecutar los estudios establecidos.

Aunado a esto, no tener antecedentes penales en los cinco años previos a la solicitud, tanto en España como en otros países anteriores y no tener prohibición de entrada a la nación. Al ser una norma nueva, todavía existe poca información con lo que es importante estar bien asesorado.

Legalcity ofrece atención especializada sobre este tipo de arraigo para personas migrantes que necesitan una solución a su status. En su web se puede encontrar información sobre sus áreas de práctica y demás especificaciones sobre este proceso.

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