La nulidad matrimonial es cada vez una opción más conocida en la población española. A diferencia del divorcio, esta se presenta ante incongruencias que pueden ser demostrables, y que invalidan la unión ante una entidad eclesiástica. Un abogado especializado en derecho canónico para la nulidad eclesiástica es necesario en este caso.
Para poder obtener la nulidad eclesiástica existen, principalmente, tres razones: defecto en la forma de celebrar el matrimonio, la existencia de impedimentos, o bien, el vicio de consentimiento, como se ha visto en Medio de comunicación.
En Dabogados explican que su experiencia les concede apreciar que la noción principal de la nulidad es apelar a que el matrimonio carece de existencia por no formarse con los lineamientos de un matrimonio legal.
La nulidad eclesiástica y el abogado nulidad eclesiástica
La nulidad eclesiástica debe ser declarada por los Tribunales Eclesiásticos, donde el abogado y procurador presenta la interposición de la demanda ante dicho Tribunal Eclesiástico que esté en cualquiera de los domicilios de los contrayentes.
Las diferencias entre las nulidades civiles y nulidad eclesiástica
El responsable de proveer u otorgar las nulidades civiles es un juez o un tribunal. Las nulidades eclesiásticas deben ser examinadas por la iglesia católica, ya que estas requieren su explícita aprobación.
Sólo la nulidad eclesiástica permite que una persona católica vuelva a casarse
Toda persona que desee una nueva unión canónica requiere de nulidad eclesiástica si ha celebrado una unión católica anterior. No hay otra alternativa más que una nulidad validada por la iglesia católica.
Asimismo, se conoce que la iglesia católica puede disolver un vínculo nupcial sin el consentimiento de sus participantes, sea aceptado o rechazado por susodichos en primera instancia. En este caso, se puede pedir sólo una parte del matrimonio, aunque el otro no esté de acuerdo o nunca comparezca o declare.
Además, como diferencia con el proceso civil, en la nulidad eclesiástica no se celebra juicio oral, aunque la sentencia eclesiástica puede ser homologada por los órganos judiciales, es decir, tiene validez a efectos civiles (no afectará al derecho de los hijos).
¿La nulidad civil existe?
La práctica de la nulidad civil es menos conocida que la nulidad católica, aunque sí que existe. Lo cierto es que se puede realizar la nulidad civil si se cumplen con los requisitos contemplados en el artículo 73 del Código Civil.
En Dabogados, ante la imposibilidad de una nulidad en jurisdicción civil, el divorcio es una segunda alternativa.
La iglesia tiene instancias en las que la nulidad es posible
La iglesia tiene instancias definidas. En ellas, las posibilidades de nulidad eclesiástica son plausibles. Una de las causas más comunes es la condición de no bautizado, de una forma que pueda ser probada, de alguno de las dos personas pertenecientes a la unión eclesiástica. Otra causa frecuente es la inmadurez de los cónyuges.
Hay otras instancias con menor frecuencia de aparición
Casos como estar ordenado bajo entidades canónicas (diácono, obispo, sacerdote). Estos pueden ser motivo de apelación para anular un matrimonio por la iglesia católica.
Una religión mixta y disparidad de cultos también son una razón para la anulación de un matrimonio eclesiástico, ante la uniformidad de religión y creencias de los cónyuges.
Una relación de orden directo entre personas con afinidad familiar también es una causa posible. Es decir, parentesco, por ejemplo, entre hermanos o padre e hija, madre e hijo, y que pueden ser demostradas, son consideradas razones para anulación eclesiástica.
Un vínculo matrimonial cuyo estatus activo y previo pueda ser probado, también es de considerar para ser apelado por un abogado nulidad eclesiástica.
Matrimonios de conveniencia también tienen abogado nulidad eclesiástica
Según Dabogados, matrimonios cuyo propósito fueron la adquisición de papeles o nacionalidad Española son incluidos. Estos pueden ser apelados ante la iglesia, o investigados por la iglesia, como motivo o circunstancia en la que la unión deba ser disuelta.
Matrimonios con posibilidad de nulidad eclesiástica en España
Un juez civil debe homologar aquellas declaraciones dadas por los tribunales eclesiásticos. Por ello, estos son inscritos en el Registro Civil, bajo efectos civiles. En Dabogados, despacho en Madrid especializado en temas civiles, penales y laborales dan respuesta mediante asesoramiento personalizado sobre consultas acerca de matrimonios, nulidades matrimoniales y temas relacionados.