El juzgado ha condonado, junto con el resto de deudas, el 90% de las deudas con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria (AEAT)
Un Juzgado de la Comunidad de Madrid ha exonerado al farmacéutico del pago de un total de 992.816€, cantidad que incluye el 90% de los créditos de públicos a favor de la AEAT y la Seguridad Social, y solo deberá afrontar un pago residual de 3.400€ a las administraciones públicas.
El afectado regentó su negocio en la provincia de Barcelona y, diversas dificultades (fundamentalmente, los continuos retrasos de pagos por parte de la Consejería de Salud) le obligaron a declarar un concurso voluntario de acreedores, con el resultado de una deuda acumulada cerca de los 2.000.000 de euros que le ocasionó la pérdida de todo su patrimonio, pese a que las deudas no resultaron completamente saldadas.
El cúmulo de las circunstancias económicas asfixiantes y una edad próxima a la jubilación terminaron por condenarle a la ruina y a darlo todo por perdido, cuando decidió acogerse al mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) por el que personas físicas y particulares pueden cancelar la práctica totalidad de sus deudas siempre que cuente con el cumplimiento de ciertos requisitos previstos en la norma.
A la vista de todo lo anterior, un Juzgado de la Comunidad de Madrid, de la mano del bufete murciano Igualada Belchí Abogados, ha dictado un auto exonerando la práctica totalidad de deudas por importe de casi un millón de euros, incluyendo el 90% de los denominados “Créditos Privilegiados” (deudas con administraciones públicas, Hacienda o Seguridad Social). Esto supone una novedad en este tipo de procedimientos que no prevén la exoneración de tal tipo de deudas.
“Ha sido un proceso largo que por fortuna se ha resuelto de la mejor manera posible para nuestro cliente, que puede así superar una situación de completo bloqueo económico y personal que le permitirá seguir adelante con su vida de una forma digna”, explica José Miguel Igualada, fundador del bufete especializado en estos casos.
Según el letrado, “el juez ha condonado la práctica totalidad de la deuda incluido el 90% de deudas de derecho público que, en principio, debían ser abonados, y lo hace atendiendo a los criterios del Tribunal Supremo, que recuerda la necesidad de acudir a la situación concreta del afectado. En este caso, se ha acordado que abone un remanente mínimo (3.400€) en plazos fijados atendiendo a su situación económica, cantidad que sí podrá afrontar y continuar así con su vida”.
Pese a que las administraciones públicas se han opuesto tradicionalmente a este tipo de exoneraciones, las reformas legislativas y los criterios interpretativos del Tribunal Supremo están permitiendo a los Juzgados dar una salida a personas altamente endeudadas que, ahora sí, tienen la posibilidad de empezar una nueva vida.